viernes, 7 de noviembre de 2008

Director de la revista Semana enfrenta posible cárcel por orden de juez

2008-11-07

A pesar de que la revista Semana rectificó en dos ocasiones una información periodística relacionada con la influencia de un particular en las Altas Cortes de Colombia, el juez que tramita la acción de tutela (recurso de amparo) las considera insuficientes.

Alejandro Santos Rubino, director de ese medio de comunicación, podría ser sancionado con cárcel.

El pasado 28 de abril, la revista Semana publicó en su edición 1356 “El ‘mecenas’ de la justicia”. Allí se hablaba de la relación que un particular, Ascencio Reyes, tiene con el Fiscal General de la Nación y varios magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Superior de la Judicatura. El artículo se refiere a la influencia que Reyes tiene en estos altos círculos de la justicia colombiana y la aparente cercanía de éste con varios magistrados. Semana planteó lo inquietante que resulta esto teniendo en cuenta que se trata de un desconocido que además tiene nexos comerciales con una persona acusada de narcotráfico.

José Alfredo Escobar Araújo, magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, interpuso acción de tutela (recurso de amparo) contra Alejandro Santos, en su condición de director de Semana, por considerar vulnerados sus derechos a la honra, buen nombre e intimidad, entre otros. En la acción señaló los que consideraba habían sido errores del medio de comunicación en la publicación de dicha información.

El 11 de agosto de 2008, el juez de primera instancia – Juez Dieciséis Penal del Circuito – le concedió la acción a Escobar Araújo y ordenó a la revista hacer la rectificación respectiva. En la edición 1372, Semana publicó la rectificación en la sección ‘Enfoque’.

En sentencia de segunda instancia de 12 de septiembre, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá consideró que la rectificación era insuficiente y que debía hacerse “con los mismos caracteres, colores, tamaño del artículo original errado, se efectúe la nota de rectificación”. Adicionalmente, dio instrucciones exactas de cómo debía hacerse la rectificación y a quiénes debía incluir.

Dando cumplimiento a esa decisión, Semana publicó una nueva rectificación en la edición 1380 en la sección ‘Actualidad’. No obstante, el juez la consideró insuficiente y le dio 24 horas a la revista para explique por qué no ha dado cumplimiento al fallo.

Además, exhortó a la revista para que haga una rectificación en la portada de su próxima edición y en las condiciones señaladas por el Tribunal.

De lo contrario, dando aplicación al desacato, Alejandro Santos enfrenta una posible sanción de arresto de hasta seis meses y multa de hasta 20 salarios mínimos mensuales.

* * *

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) manifiesta su preocupación por el estado de la acción de tutela contra la revista Semana y su director, Alejandro Santos. Si bien la FLIP es respetuosa de las decisiones y los procesos judiciales, sorprende que después dos rectificaciones continúe la acción contra este medio de comunicación, y que se aplique una sanción desproporcionada para este caso, como es el desacato.

El juez competente – de ambas instancias – está desconociendo abiertamente el precedente constitucional, principalmente al exigirle a Semana las condiciones exactas de la rectificación y al ordenarle aclaraciones sobre personas que no están involucradas en el proceso.

La Corte Constitucional ha dicho de manera reiterada (recientemente en la sentencia T-626 de 2007) que la rectificación en condiciones de equidad “no supone una correspondencia matemática en cuanto a duración, extensión o espacio entre la publicación inicial y su aclaración o rectificación”.

Teniendo en cuenta que este proceso involucra a un alto representante de la rama judicial, es aún más importante que los jueces muestren su independencia y apego a los estándares de libertad de expresión que la Corte Constitucional ha establecido. Entre ellos, cabe destacar que entre el derecho al buen nombre y el derecho la honra de los funcionarios públicos, por un lado, y el derecho la libertad de expresión, por el otro, prima en principio este último derecho.

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lunes, 6 de octubre de 2008

Empapelamiento judicial

Por Antonio Caballero

Molano no ha querido retractarse. Es el gran cronista de este país arrasado por las tropelías de los notables locales

Revista Semana, Sábado 16 Agosto 2008

Pregunto: ¿Por qué, cuando García Márquez escribió Los funerales de la Mama Grande, no lo demandaron por calumnia e injuria los notables de la Costa Caribe? ¿Por qué, cuando Escalona compuso El almirante Padilla, no lo denunció ante los jueces la familia Socarrás, a cuyo pariente Tite acusaba de ganarse la vida contrabandeando? Alfredo Molano publicó hace año y medio en El Espectador un artículo titulado 'Araújos et al', contando cómo se comportan los notables de provincia en este país: cómo manejan las haciendas y la política, los negocios y los reinados de belleza y también la justicia. Una columna, digamos, costumbrista. Y varios jóvenes de la familia Araújo de Valledupar, todavía no muy notables ellos mismos pero sí miembros de sangre del notablato costeño, le agregaron a la columna un colofón igualmente costumbrista poniéndole a Molano una demanda que está en curso ante el juzgado cuarto penal municipal del circuito de Bogotá. En diciembre pasado hubo una audiencia de conciliación, en la cual el periodista se negó a retractarse, pues "eso sentaría un precedente sobre la libertad de prensa" justificando la censura. Los querellantes persistieron en el caso.

Meto la cucharada en este asunto, que me parece a la vez ridículo e intolerable, porque he conocido el tema desde las dos puntas. Como periodista de opinión, y como miembro joven (en mis tiempos) de una familia del notablato local (en mi caso, de Santander y de Bogotá).

Como miembro de familia de notables he recibido críticas e insultos por hechos ocurridos hace tiempos, reales o ficticios, cometidos por o atribuidos a parientes míos ya difuntos. Y he gozado también, por lo mismo, de ventajas y privilegios considerables: se me han reprochado y permitido cosas que a otros no se les permiten ni se les censuran. Nunca se me ha ocurrido sin embargo llevar a los tribunales de justicia esas opiniones ajenas calificándolas de imputaciones deshonrosas, porque me parece tonto el vicio de judicializarlo todo. Como les parece así también, supongo, a los Araújo más maduros, que están embolatados en pleitos de mayor entidad y por eso no se han puesto ellos mismos a empapelar a Molano por pendejadas.

Y como periodista me ha tocado también aguantar pendejadas de ese estilo. En varias ocasiones han amenazado con demandarme, y han tenido el buen juicio de abandonar el tema en el camino por darse cuenta de que era una tontería. Una vez, en España, el asunto pasó a mayores y fui llevado a retractarme ante un juzgado por una columna de opinión.

La cosa fue así. Con motivo de uno de los transplantes de corazón que hacía el doctor Barnard escribí en una revista española que me parecía lógico que tales experimentos se intentaran siempre en dentistas, pues es verdad sabida que los dentistas no tienen corazón. Me demandó el Real Colegio de Odontólogos de Madrid imponiéndome la carga de la prueba: la demostración clínica de la ausencia de la víscera cardíaca en los practicantes de las disciplinas odontológicas y afines. Y me retracté, digo, porque el asunto me parecía una tontería. Mi retractación judicial no iba a alterar la convicción generalizada de que los dentistas, aunque lo tengan, no tienen corazón. La demanda no era seria, como no sería seria la de una asociación de familias de marinos contra Pablo Neruda por cuenta de su famoso verso: "Los marineros besan, y se van". O por una familia de notables costeños contra García Márquez por su famoso cuento de la Mama Grande, en el que narra cómo son, cómo viven y cómo se mandan enterrar cuando se mueren, los notables de la Costa.

Molano no ha querido retractarse de su artículo ante la embestida judicial de los jóvenes Araújo. Tiene razón. Molano es el gran cronista de este país arrasado por las tropelías de los notables locales, que ha descrito en una docena de libros y centenares de artículos de prensa. Un cronista no puede permitir que lo amordacen judicialmente cuando está describiendo literalmente, además de literariamente, la realidad que lo rodea. No se puede dejar callar, porque hablar es su esencia. Escribía Quevedo en su famosa Epístola censoria a un poderoso notable de su época, el conde-duque de Olivares, valido del rey Felipe IV:

"No he de callar, por más que con el dedo
tocando ya la boca o ya la frente
silencio avises o amenaces miedo".

Y cuatro siglos más tarde le hacía eco Albert Camus en su discurso de recepción del premio Nobel de literatura:

"El escritor no puede estar al servicio de los que hacen la historia, sino de quienes la sufren".

A Alfredo Molano lo están empapelando por ser fiel a su papel de escritor.

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